La Ley de transparencia, Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
Dicha Ley regula cuáles deben ser los ejes fundamentales para regular la acción política. Sus principales presupuestos se resumen en los siguientes apartados:
I.- Ley de la Transparencia
¿Qué es la Transparencia?
La Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno (LTBG) prevé qué información deben publicar las Administraciones Públicas para conocimiento de los ciudadanos.
La transparencia tiene como meta facilitar a la ciudadanía la información para la comprensión de la toma de decisiones públicas. En consecuencia la transparencia, en relación con la publicación de la información, es de vital importancia, al permitir a los ciudadanos controlar la gestión de gobierno de la Corporación y a las personas responsables de la toma de decisiones. Por otro lado, la transparencia permite: fomentar el buen gobierno y mejorar las políticas públicas.
¿Qué herramientas utiliza la Ley para publicar la información?
El Portal de Transparencia, que es la plataforma por la que se podrá acceder a la información de la Institución municipal. El Portal, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, tiene por objeto ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública, regular y garantizar el derecho de acceso a la información
II.- Sobre la Publicidad Activa
¿A qué llamamos Publicidad Activa?
Es una información agrupada en las categorías definidas en la ley, que las administraciones públicas deberán publicar de forma periódica y actualizada para garantizar la transparencia de su actividad relacionada con el funcionamiento y control de la actuación pública.
La Ley regula la publicación de las siguientes categorías de información en lo que se conoce como Publicidad Activa:
Información institucional, organizativa y de planificación
Estructura organizativa de la Corporación
Estructura: organigrama con identificación de los responsables de las Concejalías, su perfil y trayectoria profesional
Planes y programas anuales, objetivos, grado de cumplimiento y resultados
Información de relevancia jurídica
Directrices, instrucciones, acuerdos, circulares o respuestas a consultas planteadas por los particulares
Anteproyectos de Ley y losProyectos de Decretos Legislativos
Memorias e Informes incluidos en los expedientes de elaboración de textos normativos, Documentos que deban ser sometidos a información pública
Los Proyectos de Reglamentos
Las memorias e informes que conformen los expedientes de elaboración
Información económica
Contratos, Convenios, Subvenciones y ayudas públicas, Presupuestos, Cuentas anuales, Reconocimientos de compatibilidad de los cargos públicos, Declaraciones anuales de bienes y actividades de los representantes locales.
En principio, este tipo de información estará disponible en el Portal de manera accesible, reutilizable e interoperable. Si el interesado necesita más información o necesita más detalle, entonces, se podrá acceder al servicio de solicitud de información pública, que es un derecho regulado por la ley de transparencia y buen gobierno.
III.- Sobre el Derecho de Acceso a la Información
¿A qué llamamos derecho de acceso a la información pública?
Es el derecho de acceso a acceder a información pública en los términos previstos en la Constitución artículo 105.b), entendiéndose como información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su soporte o formato, que obren en poder de la administración y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.
¿Existe algún límite de acceso a la información?
El derecho de acceso a la información podrá ser limitado cuando acceder a la información suponga un perjuicio para:
- La seguridad nacional
- La defensa
- Las relaciones exteriores
- La seguridad pública
- La prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios
- La igualdad de las partes en los procesos judiciales y la tutela judicial efectiva
- Las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control
- Los intereses económicos y comerciales
- La política económica y monetaria
- El secreto profesional y la propiedad intelectual e industrial
- La garantía de la confidencialidad o el secreto requerido en procesos de toma de decisión
- La protección del medio ambiente
¿Existe protección de datos personales?
Si la información solicitada contuviera datos especialmente protegidos, el acceso únicamente se podrá autorizar en caso de que se contase con el consentimiento expreso y por escrito del afectado
¿A qué llamamos acceso parcial?
En los casos en los que se solicite información en la que parte de la misma esté sometida a alguna causa de límite del derecho, se admitirá parcialmente la solicitud y se indicará al solicitante la información que ha sido omitida.
¿ Qué puede hacer un ciudadano al que se le deniega información?
La Ley 3/2015 de Transparencia fija que el Procurador del Común de Castilla y León sea la institución encargada de controlar que las administraciones cumplen la ley en materia de transparencia y de resolver las reclamaciones de los ciudadanos en su derecho de acceder a la información pública.
IV. Sobre el buen gobierno.
Los cargos electos de las entidades Locales observarán, en el ejercicio de sus funciones, lo dispuesto en la Constitución y promoverán el respeto a los derechos fundamentales y a las libertades públicas. Asimismo, adecuarán su actividad a los siguientes principios de buen gobierno: (artículo 26)
- Actuarán con transparencia en la gestión de los asuntos públicos
- Ejercerán su función con dedicación al servicio público y con respeto a la normativa reguladora
- Respetarán el principio de imparcialidad
- Asumirán la responsabilidad de las decisiones y actuaciones de los organismos que dirigen
- Asegurarán un trato igual y sin discriminaciones en el ejercicio de sus funciones
- Gestionarán, protegerán y conservarán adecuadamente los recursos públicos
La Ley regula en sus artículos 27,28 y 29 las infracciones y sanciones por causa de incumplimiento de los principios de buen gobierno de los responsables públicos
La Ley 3/2015, de 4 de marzo, de Transparencia y Participación Ciudadana de Castilla y León.
La Ley en la exposición de motivos señala que la transparencia refuerza el carácter democrático de las Administraciones Públicas. EL conocimiento de la actuación de los poderes públicos, de sus objetivos, motivaciones, resultados y valoración permite a la ciudadanía formarse una opinión crítica y fundada sobre el estado de la sociedad y sobre las autoridades públicas.
El título preliminar define el objeto de la ley: regular en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León la transparencia de la actividad pública, en su triple vertiente de publicidad activa, acceso y reutilización de la información pública, y la participación en los asuntos públicos; y, canaliza a través del Portal de Gobierno Abierto, la denominada publicidad activa.
El título I regula la transparencia de la actividad pública.
En el capítulo I, titulado publicidad activa, se remite a la información que ha de publicarse conforma a la ley estatal
El capítulo II, titulado derecho de acceso a la información pública, se remite a la ley estatal para reconocer el derecho de todas las personas a acceder a la información pública en los términos en ella previstos. Atribuye a la Comisión de Transparencia la resolución de las reclamaciones contra las resoluciones expresas o presuntas en materia de acceso a la información.
El Capítulo III, titulado Reutilización de la información pública, se remite a lo establecido con carácter básico en esta materia en las Leyes 37/2007, de 16 de noviembre, y 19/2013, de 9 de diciembre.
El Título II crea el Comisionado y la Comisión de Transparencia. Atribuye las funciones del primero al Procurador del Común y adscribe la segunda a la misma Institución. Ambos gozarán de autonomía, independencia y objetividad. La Comisión de Transparencia resolverá las reclamaciones potestativas que se presenten contra las resoluciones de las solicitudes de acceso a la información de los órganos y entidades del sector público autonómico, de las Entidades Locales de Castilla y León y de su sector público.]]>